Legislación › Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
Artículo dieciocho. La oferta de empleo público.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 2015 y la del 25 de noviembre de 1992.
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Artículo dieciocho. La oferta de empleo público.
1. Las Administraciones Públicas podrán elaborar Planes de Empleo, referidos tanto a personal funcionario como laboral, que contendrán de forma conjunta las actuaciones a desarrollar para la óptima utilización de los recursos humanos en el ámbito a plazas dotadas que afecten, dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo no puedan ser cubiertas con las directrices de política de personal. los
Las actuaciones previstas para el personal laboral enPlanes efectivos de Empleo se desarrollarán conforme a personal existentes constituyen la normativa específica del ordenamiento jurídico laboral. oferta de
2. Los Planes de Empleo podrán contener las siguientes previsiones y medidas:
a) Previsiones sobre modificación de estructuras organizativas ypuestos empleo de trabajo. la Administración del Estado.
b) Suspensión Aprobada la Ley de incorporaciones Presupuestos Generales del Estado, el Ministro de personal externo la Presidencia propondrá al ámbito afectado, tanto las derivadas de Gobierno para su aprobación la oferta anual de empleo como de procesos de movilidad. personal al servicio de
c) Reasignación de efectivospersonal. la Administración del Estado.
d) Establecimiento de cursos La oferta de formación empleo deberá contener necesariamente todas las plazas dotadas presupuestariamente y capacitación. que se
e) Autorización de concursos de provisión de puestos limitados al personal de los ámbitosdeterminen. hallen vacantes, indicará asimismo las que
f) Medidas específicas de promoción interna.
g) Prestación de servicios a tiempo parcial.
h) Necesidades adicionales de recursos humanoshabrán de integrarse, en su caso, en la Oferta ellas deban ser objeto de Empleo Público. provisión en
i) Otras medidas que procedanrelación con los objetivos del Plan de Empleo. el correspondiente ejercicio presupuestario y las
Las Memorias justificativas de los Planes de Empleo contendránreferencias previsiones temporales que procedan, respecto para la provisión de las previsiones y medidas establecidas en los mismos. restantes.
3. El personal afectado por un Plan La publicación de Empleo podrá ser reasignado en otras Administraciones Públicas en los términos que establezcan los convenios que, la oferta obliga a tal efecto, puedan suscribirse entre ellas. los
4. Las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas conefectivos órganos competentes a proceder, dentro del primer trimestre de personal existentes serán objeto cada año natural a la convocatoria de Oferta las pruebas selectivas de Empleo Público. acceso para las plazas
Las vacantes correspondientes aincluidas vacantes comprometidas en las la misma y hasta un 10 por 100 adicional. Tales convocatorias para ingreso de nuevo personal no precisarán indicarán el calendario preciso de la realización de concurso previo entre quienes ya tuvieren la condición las pruebas, que, en todo caso, deberán concluir antes del 1 de funcionarios. octubre de cada año, sin perjuicio de los cursos selectivos de formación que se establezcan.
5. Los Tribunales o las Comisiones de Selección no podrán aprobar ni declarar que han superado los procesos selectivos las pruebas respectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
6. En el ámbito de la Administración General del Estado los Planes de Empleo podrán afectar a uno o varios Ministerios, Organismos o áreas administrativas concretas y serán aprobados por el Ministerio para las Administraciones Públicas, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda. Las demás Administraciones Públicas
La iniciativa para su elaboración corresponderá al Ministerio u Organismo afectado o, conjuntamente, a los Ministerios para lasy de Economía elaborarán y Hacienda. propondrán públicamente sus ofertas de
La OfertaEmpleo Público será aprobada por el Gobierno empleo ajustándose a propuesta del Ministerio para las Administraciones Públicas. los
Anualmente, y de acuerdo con las prioridades de la política económica y las necesidades de la planificación derecursos humanos, las Leyes de Presupuestos señalarán los criterios aplicables a la Oferta de Empleo en el Sector Público Estatal incluido en el capítulo II del título III de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y en el artículo 6.5 de la Ley General Presupuestaria. anteriormente expuestos.
Téngase en cuenta que los apartados 1 a 5 han sido derogados por la disposición derogatoria única.b) de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, BOE-A-2015-11719, pero se mantendrán vigentes en tanto no se oponga a lo establecido en el mismo hasta que se dicten las Leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo, según establece su disposición final 4.2.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de noviembre de 1992 En vigor | BOE-A-1992-26147 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 2015 | BOE-A-2015-11719 | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2007 | BOE-A-2007-7788 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | BOE-A-1996-29117 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1994 | BOE-A-1993-31153 | Leer | Qué cambió |
| 19 de enero de 1993 | BOE-A-1992-28826 | Leer | Qué cambió |
| 23 de agosto de 1984 | Texto original | Leer |


