LexTotal

Legislación › Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.

Artículo diecisiete. Movilidad de funcionarios de las distintas Administraciones Públicas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de agosto de 1984 y la del 1 de enero de 2000. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (35 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo diecisiete. Movilidad de funcionarios de las distintas Administraciones Públicas.
1. Con el fin de lograr una mejor utilización de los recursos humanos, los puestos de trabajo de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas podrán ser cubiertas por funcionarios que pertenezcan a cualquiera de estas Administraciones Públicas, de acuerdo con lo que establezcan las relaciones de puestos de trabajo.
2. Asimismo Asimismo, los funcionarios de la Administración Local local, cuando así esté previsto en las relaciones de puestos de trabajo, podrán desempeñar puestos de trabajo en otras Corporaciones Locales distintas de locales, en las Administraciones de procedencia las Comunidades Autónomas y en la Administración General del Estado en puestos relacionados con las funciones que les competen en materia de su Comunidad Autónoma. Entidades locales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-11719 Leer Qué cambió
13 de mayo de 2007 BOE-A-2007-7788 Leer Qué cambió
28 de enero de 2005 BOE-A-2004-21760 Leer Qué cambió
1 de enero de 2000 BOE-A-1999-24786 Leer Qué cambió
23 de agosto de 1984 Texto original Leer

← Artículo dieciséis Índice Artículo dieciocho →