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Legislación › Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.

Disposición adicional décima

Disposición adicional décima

La integración del personal funcionario de las Universidades en las Escalas de carácter interdepartamental, Técnica de Gestión, Administrativa, Auxiliar y Subalterna de los Organismos Autónomos respetará, en todo caso, lo establecido en el artículo 49 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 agosto, de Reforma Universitaria.

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