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Legislación › Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del Valenciano.

Art. 33.

Art. 33.

Los poderes públicos valencianos fomentarán en el ámbito de su competencia, y acorde con lo dispuesto en la presente Ley, el uso del valenciano en las actividades profesionales, mercantiles, laborales, sindicales, políticas, recreativas, artísticas y asociativas.

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