Legislación › Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del Valenciano.
Art. 33.
Art. 33.
Los poderes públicos valencianos fomentarán en el ámbito de su competencia, y acorde con lo dispuesto en la presente Ley, el uso del valenciano en las actividades profesionales, mercantiles, laborales, sindicales, políticas, recreativas, artísticas y asociativas.


