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Legislación › Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud.

Disposición final cuarta.

Disposición final cuarta.

El Instituto Nacional de la Salud, dentro de las límites presupuestarios anuales y en función de la población protegida por la Seguridad Social a atender por los Equipos de Atención Primaria, facilitará los recursos o propondrá las partidas presupuestarias individualizadas y suficientes para la creación y puesta en marcha de los Equipos citados.

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