LexTotal

Legislación › Orden de 21 de noviembre de 1984 por la que se aprueban las normas de calidad para las conservas vegetales.

ANEJO 32

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de diciembre de 1984 y la del 21 de febrero de 1987. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

ANEJO 32
Conservas de coles de Bruselas
32.1 Objeto.
Esta norma establece las condiciones que deben reunir las conservas obtenidas a partir de yemas auxiliares tiernas y enteras procedentes de Brassica Oleracea L. variedad Gemmífera D. C. Schulz.
32.2 Definiciones y denominaciones comerciales.
Coles de Bruselas.‒Es la elaboración obtenida a partir de yemas tiernas utilizando agua como líquido de gobierno.
32.3 Condiciones y factores específicos.
Calibrado.‒El calibre se determina por el número de yemas que entran en 100 gramos de peso escurrido, con arreglo a la siguiente escala:
Denominación
·
Número de unidades
·
Finas.
·
Más de 15
·
Medianas.
·
De 7 a 15
·
Grandes.
·
Menos de 7
·
32.4 Leyendas específicas.
Las conservas de Coles de Bruselas podrán denominarse «al natural» cuando sólo se utilicen los aditivos especificados en el punto 1.6.2.1 de la Norma Técnica General.
Se hará constar la denominación del calibre.
32.5 Categorías comerciales.
Se establecen las siguientes categorías comerciales, con las exigencias y tolerancias que figuran en el cuadro adjunto.
Coles de Bruselas.
·
Extra, Primera, Segunda.
·
32.6 Cuadro de masas mínimas exigidas a las conservas de coles de bruselas al natural.
Formato
·
Capacidad (ml)
·
Contenido neto (g)
·
Peso escurrido (g)
·
¼ kilogramo.
·
212
·
185
·
115
·
Tarro de 370.
·
370
·
345
·
210
·
½ kilogramo.
·
425
·
390
·
240
·
Tarro de 720.
·
720
·
660
·
400
·
1 kilogramo.
·
850
·
780
·
480
·
3 kilogramos.
·
2.650
·
2.500
·
1.550
·
5 kilogramos.
·
4.250
·
4.000
·
2.500
·
Para otros envases, los pesos netos y escurridos se deducirán proporcionalmente por interpolación o extrapolación a partir de los datos mas próximos de esta tabla.
32.7 Cuadro de exigencias y tolerancias de calidad para conservas de coles de bruselas.
Factores
·
Extra
·
Primera
·
Segunda
·
Color.
·
Típico
·
Típico
·
Aceptable
·
Turbidez.
·
3
·
2
·
1
·
Textura.
·
Típica
·
Típica
·
Aceptable
·
Uniformidad de tamaño (1).
·
1,5
·
2,00
·
Sin exigencias
·
Tolerancias:
·
·
·
·
a.–De color.
·
4
·
8
·
12
·
b.–De textura.
·
4
·
8
·
12
·
c.–Otros defectos.
·
5
·
10
·
15
·
Suma de tolerancias a + b + c.
·
5
·
10
·
15
·
(1) Excepto en las finas, en que no hay límite.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
21 de febrero de 1987 BOE-A-1987-4524 Leer Qué cambió
20 de diciembre de 1984 Texto original Leer

← Disposición derogatoria Índice