Legislación › Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en desarrollo de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta.
Excepcionalmente, y cuando el volumen de la gestión del personal así lo requiera, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, los Ministros podrán establecer que las competencias atribuidas a los Subsecretarios en este Real Decreto sean ejercidas en sus Departamentos por órganos administrativos de igual rango.
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