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Legislación › Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Art. 35.

Art. 35.

La delegación temporal de funciones ejecutivas del Presidente en un Consejero no exime a aquél de responsabilidad política ante la Asamblea. El mismo criterio es aplicable a los casos en que un Consejero tenga delegadas funciones de su competencia.

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