Legislación › Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Art. 40.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de diciembre de 1983 y la del 4 de mayo de 1989.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras).
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Art. 40.
La estructura orgánica de cada Consejería será fijada por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero respectivo y previo dictamen preceptivo de la Consejería de la Presidencia, e informe, también preceptivo, de la de Economía y Hacienda. Hacienda, informando a la Comisión de Administración y Función Pública de la Asamblea de Madrid.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2005-2732 | Leer | Qué cambió |
| 4 de mayo de 1989 | BOE-A-1989-12127 | Leer | Qué cambió |
| 20 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


