Legislación › Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Art. 40.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de mayo de 1989 y la del 1 de enero de 2005.
Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
Volver al texto en vigor
Art. 40.
La estructura orgánica de cada Consejería Consejería, hasta nivel de Subdirección General, será fijada por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero respectivo y respectivo, previo dictamen informe preceptivo de la Consejería de la Presidencia, e informe, también preceptivo, de la de Economía y Hacienda, informando a la Comisión de Administración y Función Pública de la Asamblea de Madrid. Hacienda.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2005 En vigor | BOE-A-2005-2732 | Leer | Qué cambió |
| 4 de mayo de 1989 | BOE-A-1989-12127 | Leer | Qué cambió |
| 20 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


