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Legislación › Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Art. 48.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 2 de junio de 2004. Tachado: lo que se quitó (27 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 48.
1. Bajo los niveles organizativos enumerados en los artículos anteriores, la Administración autonómica Autonómica se estructura en Subdirecciones Generales, Servicios, Secciones, unidades Unidades inferiores y asimiladas.
2. El Consejo de Gobierno fijará la estructura y la plantilla orgánica de cada Consejería, a propuesta del Consejero correspondiente, previo dictamen preceptivo de la de Presidencia e informe, también preceptivo, de la de Economía y Hacienda, informando a la Comisión de Administración y Función Pública de la Asamblea de Madrid.
3. Sin perjuicio de lo señalado en el apartado 2 de este artículo, la creación de Secciones y de Unidades inferiores a Subdirecciones Generales, corresponde a los respectivos Consejeros, de forma motivada y de conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 3 previo informe favorable de la Ley Consejería de Procedimiento Administrativo y demás normas aplicables. Hacienda.
4. La Oficina de Atención al Ciudadano, los Puntos de Información y Atención, los registros, las oficinas de información especializada, las unidades de gestión y las unidades o centros de prestación de servicios desarrollarán la atención al ciudadano entendida como el conjunto de actividades y medios que la Comunidad de Madrid pone a disposición de sus ciudadanos para el ejercicio de sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones y el acceso a los servicios públicos.
Las actividades que integran la atención al ciudadano son la información y orientación, el registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, la gestión de sugerencias y reclamaciones de los ciudadanos, la gestión de procedimientos y la prestación de servicios.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de enero de 1998 En vigor BOE-A-1998-20606 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-2732 Leer Qué cambió
2 de junio de 2004 BOE-A-2004-12575 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 BOE-A-2002-4377 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 1995 BOE-A-1996-2087 Leer Qué cambió
4 de mayo de 1989 BOE-A-1989-12127 Leer Qué cambió
20 de diciembre de 1983 Texto original Leer

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