Legislación › Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Art. 59. El procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de septiembre de 2001 y la del 30 de diciembre de 2023.
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Art. 59. El procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general.
(Derogado) 1. Los anteproyectos de ley, los proyectos de decretos legislativos y de reglamentos de ejecución de las leyes se tramitarán por el procedimiento regulado por decreto del Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo previsto en la normativa básica estatal y en las demás normas con rango de ley que resulten de aplicación. Asimismo, se tramitarán por dicho procedimiento los proyectos de disposiciones de carácter general de la competencia de los consejeros.
2. Los proyectos de reglamentos organizativos se tramitarán por el procedimiento simplificado regulado por decreto del Consejo de Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-10766 | Leer | Qué cambió |
| 3 de septiembre de 2001 | BOE-A-2001-14644 | Leer | Qué cambió |
| 20 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


