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Legislación › Ley 2/1984, de 9 de enero, sobre utilización de los inmuebles enajenados por el Instituto Catalán del Suelo para destinarlos a vivienda.

firma

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que cooperen a su cumplimiento y que los Tribunales y Autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 9 de enero de 1984.

JORDI PUJOL,

XAVIER BIGATA I RIBE,

Presidente de la Generalidad de Cataluña

Consejero de Política Territorial y Obras Públicas

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