Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 33.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de marzo de 2002 y la del 24 de marzo de 2007.
Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (49 palabras).
Volver al texto en vigor
Art. 33.
La Administración de Adoptarán la Generalitat Valenciana se organiza en Consellerías o Departamentos, al frente forma de los cuales habrá un Conseller, miembro Decreto del Gobierno con funciones ejecutivas, sin perjuicio Consell:
1. Las disposiciones de carácter general emanadas del Consell.
2. Los actos singulares emanados del Consell, cuando así lo dispuesto en exija una norma legal o reglamentaria, o lo disponga el artículo 16.2. propio Consell.
Los Decretos del Consell serán firmados por el President y refrendados por el Conseller o Consellers correspondientes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 7 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-5573 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


