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Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.

Art. 34.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 24 de marzo de 2007. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 34.
El número y denominación Adoptarán la forma de las Consejerías se establecerán por Decreto dentro del President:
1. Las disposiciones
de carácter general que dicte en el ejercicio de sus competencias.
2. Los actos singulares cuando lo exija alguna disposición legal o reglamentaria o lo disponga el propio President, y en especial
los límites referidos a ceses y nombramientos y asignación de esta Ley, dando cuenta funciones a las Cortes. los distintos Consellers.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-8281 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1983 Texto original Leer

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