Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 45.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 7 de marzo de 2002.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Art. 45.
Los Secretarios autonómicos y los órganos directivos de la Administración Valenciana, en cuanto se refiere a organización interna de sus propios servicios, podrán dictar Circulares e Instrucciones. instrucciones y órdenes de servicio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 7 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-5573 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


