Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 5.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de abril de 1995 y la del 24 de marzo de 2007.
Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (44 palabras).
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Art. 5.
El Presidente electo comenzará a ejercer sus funciones a partir del día President de la publicación en Generalitat deberá prometer o jurar acatar la Constitución y el «Boletín Oficial del Estado» Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana en las primeras Corts a celebrar en Valencia tras su nombramiento por el Rey. En las mismas efectuará una «Proposición» de su programa de gobierno sin que el mismo sea objeto de debate.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 7 de abril de 1995 | BOE-A-1995-11585 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


