Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 67.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 24 de marzo de 2007.
Tachado: lo que se quitó (50 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras).
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Art. 67.
La creación de todo órgano administrativo que suponga un incremento del gasto público irá precedido por un estudio económico Los órganos superiores del coste de su funcionamiento Departamento son el Conseller y del rendimiento o utilidad de sus servicios, así como de la posibilidad de aprovechamiento de los medios de otras Administraciones, en evitación Secretarios autonómicos.
El nivel directivo lo integran los Subsecretarios, Directores generales y demás altos cargos que ostenten el rango de un incremento injustificado del gasto público. Director general.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


