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Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.

Art. 67.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 24 de marzo de 2007. Tachado: lo que se quitó (50 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 67.
La creación de todo órgano administrativo que suponga un incremento del gasto público irá precedido por un estudio económico Los órganos superiores del coste de su funcionamiento Departamento son el Conseller y del rendimiento o utilidad de sus servicios, así como de la posibilidad de aprovechamiento de los medios de otras Administraciones, en evitación Secretarios autonómicos.
El nivel directivo lo integran los Subsecretarios, Directores generales y demás altos cargos que ostenten el rango
de un incremento injustificado del gasto público. Director general.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-8281 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1983 Texto original Leer

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