Legislación › Ley Foral 1/1984, de 2 de enero, sobre creacción de la Sociedad de Desarrollo de Navarra (SODENA)
Artículo 4.
Artículo 4.
1. Los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad que correspondan al capital social suscrito por la Diputación Foral serán nombrados y, en su caso, revocados por la Diputación Foral, que deberá comunicarlo al Parlamento de Navarra.
2. Los cargos directivos de SODENA, con excepción de los miembros del Consejo de Administración, serán, incompatibles con el desempeño de cualquier cargo de naturaleza política, tanto electivo como de libre designación.


