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Legislación › Ley 1/1984, de 19 de enero reguladora de la Administración institucional de la Comunidad de Madrid.

Art. 9.

Art. 9.

El Consejo de Gobierno podrá, asimismo, nombrar como miembros del Consejo de Administración, estableciendo las modalidades y efectos del nombramiento, a las personas que estime oportuno por su carácter representativo o técnico.

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