Legislación › Circular de 1 de marzo de 1984, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre expedición por fotocopia de certificaciones literales del Registro Civil.
Segunda.
Segunda.
A continuación de esta fórmula figurarán la fecha, nombre, cargo y firma de quien o quienes certifiquen y el sello de la oficina. Si la certificación comprende varias hojas se rubricarán y sellarán todas ellas.


