LexTotal

Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 101.

Art. 101.

Será responsable de que el personal de su Escuadrilla esté siempre preparado y dispuesto para el desempeño de los cometidos de defensa terrestre y antiaérea de la Base que tenga asignados, y de que se encuentren en el mejor estado de utilización el armamento y material destinado a dicho fin.

← Art 100 Índice Art 102 →