Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 151.
Art. 151.
Para todo acto de régimen interior acudirán a los lugares señalados, conforme a lo dispuesto, las Unidades o fracciones de las mismas, con el vestuario, armamento y equipo que corresponda y en perfecto estado de policía.


