Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 183.
Art. 183.
Cada Unidad tendrá su contraseña particular, que utilizará cuando, concurriendo con otras, sólo le afecte a ella la actividad que señale el toque.


