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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 24.

Art. 24.

Todo Jefe de la Unidad Aérea ejercerá el mando directo y personal sobre la misma, teniendo siempre presente cuanto señalan las Reales Ordenanzas para el militar con mando y en especial para quien estuviese al frente de una Unidad, pues su propio ejemplo, aplicación, valor, prudencia y firmeza han de servir de estímulo y escuela para todos.

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