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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 379.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 1984 y la del 1 de mayo de 2010. Tachado: lo que se quitó (64 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 379.
Regulará, para cada situación, los medios que deben emplearse, su actuación, el enlace y la coordinación de los guardias de la Base, Aeródromo o Acuartelamiento entre sí y con las de otros establecimientos próximos. Determinará también las competencias del Jefe de Seguridad, del Jefe de Servicio, del Capitán de Día y del Comandante de la Guardia de Seguridad, así como las relaciones entre ellos. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-4219 Leer Qué cambió
1 de abril de 1984 Texto original Leer

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