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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 477.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 1984 y la del 8 de febrero de 2009. Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 477.
La escala de saludos a la voz, que únicamente se tributarán por los buques de la Armada es la siguiente:
– Siete voces.
– Cinco voces.
– Cuatro voces.
– Tres voces.
– Dos voces.
– Una voz.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 2009 En vigor BOE-A-2009-2074 Leer Qué cambió
1 de abril de 1984 Texto original Leer

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