Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 71.
Art. 71.
Vigilará que el material de vuelo y en su caso, el equipo auxiliar que se asigne a su Unidad, se encuentran en perfecto estado y la documentación en regla.
Comprobará que las inspecciones reglamentarias que competen al personal de su Escuadrilla y el abastecimiento y carga de armamento y material, cuando corresponda se llevan a cabo de acuerdo con lo establecido.


