Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 86.
Art. 86.
Deberá ser permanente ejemplo de virtudes militares y con su dinamismo y competencia profesional imprimirá un sello personal a su Escuadrilla. Enseñará y transmitirá a sus subordinados los valores y tradiciones del Ejército del Aire, procurando inculcarles un elevado espíritu de servicio y un gran amor a la Patria.


