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Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.

Art. 90.

Art. 90.

Hará que la disciplina se mantenga en todos los actos y actividades sancionando cualquier inobservancia o falta que notare o dando cuenta de la misma, cuando así proceda, con arreglo a lo dispuesto en la legislación disciplinaria.

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