Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 327.
Art. 327.
Quedará dispensado de la obligación de saludar, si se encuentra desempeñando un servicio o función que exija una atención que le impida distraerse de su cometido.


