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Legislación › Ley 7/1983, de 7 de octubre, de Descentralización Territorial y Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las Entidades Locales.

Artículo 1.

Artículo 1.

1. La Administración de la Comunidad Autónoma se organizará territorialmente conforme a los principios de legalidad, eficacia, descentralización, participación, coordinación y solidaridad al servicio de los intereses generales de la Región de Murcia.

2. Las Comarcas o agrupaciones de municipios limítrofes gozarán de personalidad jurídica y autonomía que les sean atribuidas por las leyes.

3. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro de sus competencias, garantizará el respeto a la autonomía municipal por los medios y procedimientos que le permitan las leyes.

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