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Legislación › Ley 2/1983, de 4 de octubre, por la que se declaran de interés general para la Comunidad Valenciana determinadas funciones propias de las Diputaciones Provinciales.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

La aprobación y publicación del Decreto previsto en el artículo cuarto, por el que se fijen las directrices de coordinación que deban ser efectivas en 1984, podrá realizarse en un plazo que no excederá del primero de noviembre de 1983.

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