LexTotal

Legislación › Real Decreto 782/1984, de 28 de marzo, por el que se regula la producción, intervención y precio de determinados alcoholes etílicos.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

El precio del alcohol desnaturalizado de producción nacional de 95 grados GL, a efectos de fijación del precio de entrada previsto en el Real Decreto 120/1981, de 16 de enero, por el que se regulan las importaciones de alcoholes etílicos totalmente desnaturalizados, será de 59 pesetas/litro, incluido el Impuesto Especial.

← Artículo 6 Índice Disposición final segunda →