Legislación › Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Artículo ciento setenta y tres
Artículo ciento setenta y tres
En las elecciones al Congreso de los Diputados o al Senado, las Juntas Electorales competentes para la realización de todas las operaciones de escrutinio general son las Juntas Electorales Provinciales.
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