Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 462.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 1985 y la del 15 de enero de 2004.
Tachado: lo que se quitó (64 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
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Artículo cuatrocientos sesenta y dos 462.
1. Los Oficiales, Auxiliares y Agentes secretarios judiciales están obligados a poner en conocimiento del Juez o Presidente las causas asumirán todas aquéllas otras funciones que en ellos concurran legal y que pudieran justificar su abstención en el pleito o causa. reglamentariamente se establezcan.
2. Adoptarán aquellas autoridades, de oficio o a solicitud de parte, con audiencia del funcionario, en su caso, las medidas que procedan para garantizar su imparcialidad en las actuaciones judiciales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8167 | Leer | Qué cambió |
| 15 de enero de 2004 | BOE-A-2003-23644 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 1985 | Texto original | Leer |
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