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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 467.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de diciembre de 1994 y la del 15 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (211 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo cuatrocientos sesenta y siete. 467.
La jubilación forzosa Bajo la dependencia directa del Secretario de Gobierno, el Secretario Coordinador ejercerá las siguientes competencias:
1. Dictar instrucciones de servicio a
los integrantes secretarios judiciales de su ámbito territorial para el adecuado funcionamiento de los distintos cuerpos al servicios que tienen encomendados.
2. Controlar la correcta ejecución de las circulares e instrucciones de
servicio que dicte el Secretario de Gobierno del que dependa.
3. Dar cuenta de forma inmediata al Secretario de Gobierno de cuantos hechos sean relevantes al buen funcionamiento de
la Administración de Justicia, excepto así como de las necesidades de medios personales y materiales de las secretarías ubicadas en su territorio.
4. Colaborar con las comunidades autónomas con competencias asumidas, para la efectividad de las funciones que éstas ostenten en materia de medios personales y materiales.
5. Coordinar
el funcionamiento de cuantos servicios comunes procesales se encuentren ubicados en su territorio, o en su caso, asumir directamente su dirección cuando exista un único servicio común procesal provincial.
6. Proponer al Ministerio de Justicia las comisiones de servicio de secretarios judiciales que, dentro de su territorio, sean precisas para el correcto funcionamiento de las oficinas judiciales.
7. Resolver las sustituciones de
los Secretarios Judiciales, será a secretarios judiciales de su ámbito valorando, en su caso, los sesenta requisitos a satisfacer por el sustituto en relación con el puesto que deba sustituir.
8. Las demás que establezcan las leyes
y cinco años. su propio reglamento orgánico.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de octubre de 2015 En vigor BOE-A-2015-8167 Leer Qué cambió
15 de enero de 2004 BOE-A-2003-23644 Leer Qué cambió
9 de diciembre de 1994 BOE-A-1994-24612 Leer Qué cambió
3 de julio de 1985 Texto original Leer

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