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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 87.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de abril de 2003 y la del 28 de enero de 2005. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (73 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo ochenta y siete 87.
1. Los Juzgados de Instrucción conocerán conocerán, en el orden penal:
a) De la instrucción de las causas por delito cuyo enjuiciamiento corresponda a las Audiencias Provinciales y a los Juzgados de lo Penal. Penal, excepto de aquellas causas que sean competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
b) Les corresponde asimismo dictar sentencia de conformidad con la acusación en los casos establecidos por la Ley.
b) c) Del conocimiento y fallo de los juicios de faltas, salvo los de que sean competencia de los Jueces de Paz, o de los Juzgados de Paz. Violencia sobre la Mujer.
c) d) De los procedimientos de "hábeas corpus". ''habeas corpus''.
d) e) De los recursos que establezca la ley contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Paz del partido y de las cuestiones de competencia entre éstos.
f) De la adopción de la orden de protección a las víctimas de violencia sobre la mujer cuando esté desarrollando funciones de guardia, siempre que no pueda ser adoptada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

2. (Suprimido)

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23 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
18 de enero de 2019 BOE-A-2018-17988 Leer Qué cambió
6 de diciembre de 2015 BOE-A-2015-10725 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 2014 BOE-A-2014-11063 Leer Qué cambió
13 de diciembre de 2009 BOE-A-2009-19949 Leer Qué cambió
7 de junio de 2006 BOE-A-2006-9957 Leer Qué cambió
28 de enero de 2005 BOE-A-2004-21760 Leer Qué cambió
28 de abril de 2003 BOE-A-2002-20822 Leer Qué cambió
14 de diciembre de 1998 BOE-A-1998-16712 Leer Qué cambió
1 de enero de 1989 BOE-A-1988-29621 Leer Qué cambió
3 de julio de 1985 Texto original Leer

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