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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Artículo 500.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 1985 y la del 22 de noviembre de 1992. Tachado: lo que se quitó (59 palabras). Subrayado: lo que se añadió (72 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo quinientos
1. Las plazas Los puestos de trabajo vacantes de Médicos Forenses médicos forenses se proveerán mediante concurso, que los procedimientos de concurso y de libre designación. Este último se resolverá en favor aplicará exclusivamente para la cobertura de quienes tengan mejor puesto aquellos puestos de trabajo de carácter directivo o de especial responsabilidad para los que así se determine en el escalafón. las plantillas.
2. No obstante, cuando la plaza vacante sea En las convocatorias de una concreta especialidad o exigiere su los concursos se especificarán los requisitos imprescindibles para el desempeño determinadas condiciones, en la resolución del concurso que la anuncie tendrán preferencia quienes acrediten puesto, la especialización correspondiente especialidad o reúnan las condiciones capacitación que, en su caso, resulte necesaria o preferente y el baremo para la puntuación de los méritos exigidos, y, en caso de igualdad, será preferido el que tenga mejor puesto escalafonal. los candidatos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de octubre de 2015 En vigor BOE-A-2015-8167 Leer Qué cambió
15 de enero de 2004 BOE-A-2003-23644 Leer Qué cambió
22 de noviembre de 1992 BOE-A-1992-25817 Leer Qué cambió
3 de julio de 1985 Texto original Leer

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