Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 396.
Artículo 396.
Los Jueces y Magistrados no podrán revelar los hechos o noticias referentes a personas físicas o jurídicas de los que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
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