Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Artículo 328.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 1985 y la del 23 de enero de 2025.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 328.
La ley que fije la planta determinará los criterios para clasificar las plazas de los Juzgados Tribunales de Instancia y establecer la categoría de quienes deban servirlos. servirlas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-76 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 1985 | Texto original | Leer |
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