Legislación › Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio, por el que se regula la clasificación, provisión, funcionamiento, traslado, transmisión y supresión de las Administraciones de la Lotería Nacional.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» excepto las previsiones del artículo 2 que entrará en vigor cuando así se acuerde por el Ministro de Economía y Hacienda.


