Legislación › Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque.
Artículo ciento veintiséis.
Artículo ciento veintiséis.
Un endoso extendido sobre un cheque al portador hace responsable al endosante a tenor de las disposiciones aplicables a la acción de regreso, pero no convierte el título en un cheque a la orden.
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