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Legislación › Ley 3/1985, de 22 de marzo, de la Medalla de la Comunidad de Madrid.

Artículo 1.

Artículo 1.

Se crea la Medalla de la Comunidad de Madrid, que se otorgará como reconocimiento a los méritos de las instituciones, personas físicas o jurídicas que se hayan destacado por su servicio a la misma desde cualquier ámbito de la actividad.

Esta condecoración podrá ser concedida a Su Majestad el Rey, y también a autoridades extranjeras y de otras Comunidades Autónomas del Estado español por motivos de cortesía o reciprocidad.

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