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Legislación › Orden de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de alfalfa, dáctilo, festuca y ray-grass.

Seis.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de abril de 1991 y la del 20 de junio de 1999. Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Seis.
Las fechas límites de presentación de las solicitudes serán las siguientes:
Alfalfa............................. Alfalfa: 31 de diciembre.
Dactilo............................ Dactilo: 1 de junio.
Festuca........................... Festuca: 1 de junio.
Raygrass......................... Raygrass: 1 de junio.
Esparceta........................ Esparceta: 1 de agosto.
Yeros............................... Yeros: 1 de agosto.
Garbanzo......................... Garbanzo: 1 de agosto.
Altramuz ......................... Altramuz: 1 de agosto.
Zulla................................ Zulla: 1 de agosto.
Tréboles........................... Tréboles: 1 de julio.
Veza................................ Veza: 1 de agosto.
Lenteja............................. Lenteja: 1 de agosto.
Guisante forrajero.............. forrajero: 15 de agosto.
Habas forrajeras................ forrajeras: 1 de agosto.
Agrostis: 1 de junio.
Festuca roja: 1 de junio.
Grama de las Bermudas: 1 de junio.
Poa: 1 de junio.

En el caso de que la presentación de solicitudes se lleve a cabo en fecha posterior a la señalada, no se tendrá en cuenta a efectos de ensayos hasta la campaña siguiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 1999 En vigor BOE-A-1999-13596 Leer Qué cambió
21 de abril de 1991 BOE-A-1991-9691 Leer Qué cambió
19 de octubre de 1988 BOE-A-1988-24033 Leer Qué cambió
13 de junio de 1986 BOE-A-1986-15315 Leer Qué cambió
23 de julio de 1985 Texto original Leer

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