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Legislación › Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.

Artículo 5. Forma del contrato.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de octubre de 1985 y la del 27 de marzo de 1999. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 5. Forma de del contrato.
El contrató contrato deberá formalizarse por escrito en el modelo contenido en el anexo y en cuadruplicado ejemplar que se establezca y se presentará para su registro y visado en la Oficina de Empleo correspondiente, la cual, una vez diligenciado, devolverá un ejemplar a cada una en el plazo de las partes y los diez días siguientes a su celebración. Un ejemplar del contrato se remitirá otro por la Oficina de Empleo al Equipo Multiprofesional equipo multiprofesional correspondiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de marzo de 1999 En vigor BOE-A-1999-7037 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1985 Texto original Leer

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