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Legislación › Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros.

Artículo catorce.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de noviembre de 2002 y la del 14 de julio de 2010. Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (71 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo catorce.
La Uno. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado dos de este artículo, la representación de los intereses colectivos en el Consejo de Administración se llevará a efecto mediante la participación de los mismos grupos y con igual proporción y características que las establecidas en el apartado tercero del artículo dos 2.3 para los miembros de la Asamblea General, general, con las siguientes peculiaridades:
a) El nombramiento de los Consejeros de Administración administración representantes de las Corporaciones Municipales municipales que no tengan la condición de Entidad pública fundadora de la Caja caja de Ahorros ahorros se efectuará por la Asamblea General general a propuesta de los Consejeros generales representantes de estas Corporaciones.
Podrán proponer candidatos un número de Consejeros generales representantes de este grupo no inferior a la décima parte del total del mismo.
La designación podrá recaer entre los propios Consejeros generales de representación de Corporaciones Municipales municipales o de terceras personas que reúnan los adecuados requisitos de profesionalidad y sin que estas últimas puedan exceder del número de dos. personas.
b) El nombramiento de los miembros representantes de los impositores se efectuará por la Asamblea General y de entre los mismos.
No obstante, se podrá designar hasta un máximo de dos personas que reúnan los adecuados requisitos de profesionalidad y no sean Consejeros Generales.
c) El nombramiento de los miembros representantes de los empleados de la Caja caja de Ahorros ahorros se efectuará por la Asamblea General general a propuesta de los Consejeros generales de este grupo y de entre los mismos.
d) El nombramiento de los miembros representantes de las personas o Entidades fundadoras se efectuará por la Asamblea General general a propuesta de los Consejeros generales de este grupo y de entre los mismos.
Dos. En el caso de que la caja de ahorros mantenga cuotas participativas en circulación, junto con los intereses anteriores, estarán representados en el Consejo de Administración los intereses de los cuotapartícipes de conformidad con lo previsto en el Capítulo IV de este Título.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de julio de 2010 En vigor BOE-A-2010-11086 Leer Qué cambió
24 de noviembre de 2002 BOE-A-2002-22807 Leer Qué cambió
10 de agosto de 1985 Texto original Leer

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