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Legislación › Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros.

Artículo dieciocho.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de agosto de 1985 y la del 24 de noviembre de 2002. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo dieciocho.
Los Vocales El nombramiento de los vocales del Consejo de Administración cesarán en el ejercicio será irrevocable, siendo de sus cargos en los mismos supuestos aplicación las mismas salvedades que se relacionan en el artículo diez las previstas para los Consejeros generales, y por incurrir en las incompatibilidades previstas Generales en los artículos ocho y dieciséis. el artículo 10 de esta Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de noviembre de 2002 En vigor BOE-A-2002-22807 Leer Qué cambió
10 de agosto de 1985 Texto original Leer

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