Legislación › Ley 3/1985, de 22 de mayo, de Coordinación de Concesiones de Servicios Regulares de Transporte de Viajeros por Carretera en Andalucía.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en la presente Ley.
← Disposición transitoria segunda Índice Disposición final segunda →


