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Legislación › Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas.

Disposición final

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 1985 y la del 29 de agosto de 2015. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final
En el término de seis meses a partir de su constitución, el Consejo de Cuentas elaborará un proyecto de normas de régimen interior que presentará al Parlamento para su aprobación. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de agosto de 2015 En vigor BOE-A-2015-10234 Leer Qué cambió
29 de julio de 1985 Texto original Leer

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